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10 Tips para aprovechar los Tratados de Libre Comercio

10 Tips para aprovechar los Tratados de Libre Comercio
  • 02 May
  • 2018
a) Conocer la fracción arancelaria. Aunque la mayoría de los tratados de libre comercio comprenden la desgravación de la totalidad de sus tarifas, algunos países se reservan la negociación de ciertas fracciones arancelarias, para proteger su producción nacional. Por ejemplo, en el caso de los Acuerdos de Complementación Económica en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), los países únicamente han negociado un número sumamente limitado de mercancías.

b) Evitar el transbordo de mercancías. En los planes de embarque algunos operadores logísticos no mueven las mercancías directamente desde el país de origen hasta el país de destino: en el trayecto hacen una escala no prevista en el conocimiento de embarque. Si la mercancía sale del control aduanero, en el país de tránsito, se pierde el derecho para la aplicación de preferencia arancelaria en el país de destino.

c) Contar con la prueba de origen. Para la aplicación de preferencia arancelaria, todos los tratados de libre comercio exigen que el importador tenga en su poder la prueba de origen en el momento del despacho aduanero. En algunos casos la autoridad aduanera podrá exigir la exhibición del original, independientemente de la transmisión que se realice a través de la ventanilla única.

d) Que la prueba de origen cumpla con todos los requisitos. El certificado TLCAN (NAFTA) es el más flexible, y el EUR.1 el más exigente. En cualquier caso, el importador debe hacer una revisión detallada del documento antes de transmitirlo por ventanilla única a las autoridades aduaneras. Si el documento no cumple con todos los requisitos, la autoridad podrá considerarlo no aplicable, y podrá cobrar los impuestos omitidos y la multa que puede ser entre 130% a 150% de los aranceles que se dejaron de pagar (Fracción I, artículo 178, Ley Aduanera).

e) Hacer el despacho aduanero de importación dentro de la vigencia de la prueba de origen. Todos los tratados de libre comercio fijan un periodo de vigencia de los documentos que demuestren que las mercancías son originarias, y es variable. En cualquier caso, la modulación en aduana debe llevarse a cabo dentro de éste periodo.

f) Aplicar la preferencia en el momento del pago del pedimento. Es muy importante que el beneficio se aplique justo en ese tiempo. Algunos instrumentos internacionales permiten que, después de la importación, se pueda rectificar el pedimento para aplicar la preferencia arancelaria, cuando el certificado llega después, pero otros no. Por ejemplo, el caso de ALADI: si no se aplica el beneficio en la importación, aunque después se obtenga la prueba de origen, ya no podrá gozar de preferencia arancelaria.

g) Los montos mínimos no exigen la presentación de la prueba de origen. Cada tratado establece ciertos casos donde las mercancías tienen un valor mínimo, por la cual no se está obligado a exhibir el certificado. Por ejemplo, en el caso del TLCAN, el monto mínimo son 1000 dólares en un embarque y que no esté ligado a una serie de embarques, que permitan hacer creer a la autoridad aduanera que se trata de una operación segmentada para no pagar impuestos.

h) La declaración en factura solo aplica para algunos tratados. En los acuerdos comerciales que México ha celebrado con la Unión Europea, con la Asociación Europea de Libre Comercio y con Japón se permite que los vendedores puedan contar con un oficio de exportador autorizado para certificar el origen de las mercancías, cuando exceden de cierto valor. Esta certificación puede hacerse en la factura o en un documento comercial anexo al embarque, cumpliendo con la leyenda establecida en cada tratado.

i) La aplicación de la preferencia tiene beneficios adicionales. Dependiendo del tipo de mercancía, aplicar la preferencia arancelaria comprende otros beneficios, como la demostración que el país de origen es distinto contra el cual se aplicó una cuota compensatoria, el pago de un derecho de trámite aduanero con cuota fija o exenta. En el caso de Perú, una vez ingresada la mercancía en depósito ante aduana, la vigencia del certificado se detiene, permitiendo al importador preparar el despacho aduanero con mayor tranquilidad.

j) La fracción arancelaria del certificado debe coincidir con la declarada en el pedimento. El principio general es que, la fracción arancelaria que aparece en el certificado debe coincidir con la que se indica en el documento que ampara la legal estancia y tenencia de la mercancía. Sin embargo, para los certificados que amparan mercancías de países que no utilizan el Sistema Armonizado de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), se permite que dicho certificado contenga una fracción arancelaria distinta, a condición de que la descripción declarada sea la misma que la indicada en el pedimento.

La Maestría en Comercio Internacional de IEPCI es el único programa en el mercado que cuenta con una clase completamente práctica a través de la cual se da a conocer a los alumnos el contenido de un tratado, cómo realizar un estudio sobre el cumplimiento de las reglas de origen. Este conocimiento tiene un gran valor, ya que las empresas fabricantes de productos muy complejos como el caso de los automóviles, debe evaluar cientos o hasta miles de fracciones arancelarias de los componentes de sus productos para determinar si cumplen o no como originarios de la Región.

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